Constitución de los Estados Unidos de América
Artículo III
Sección. 1. Se depositará el Poder judicial de los Estados Unidos en una Corte suprema y en los Tribunales inferiores que el Congreso instituya y establezca en lo sucesivo. Los Jueces, tanto de la Corte suprema como de los Tribunales inferiores, continuarán en sus Funciones mientras observen buena Conducta y recibirán a Intervalos convenidos, una Remuneración por sus Servicios que no será disminuida durante su Permanencia en el Cargo.
Sección. 2. El Poder Judicial se extenderá a todas las Controversias, tanto de Derecho como de Equidad, que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las Leyes de los Estados Unidos y de los Tratados celebrados o que se celebren bajo su Autoridad; a todas las Controversias que se relacionen con Embajadores, otros Ministros públicos y Cónsules; a todas las Controversias de la Jurisdicción marítima y de almirantazgo; a las Controversias en que tome parte los Estados Unidos; a las Controversias entre dos o más Estados, [entre un Estado y los Ciudadanos de otro], entre Ciudadanos de Estados diferentes, entre Ciudadanos del mismo Estado que reclamen Tierras en virtud de Concesiones de diferentes Estados [y entre un Estado o los Ciudadanos del mismo y Estados, Ciudadanos o Súbditos extranjeros.]
En todos los Casos relativos a Embajadores, otros Ministros públicos y Cónsules, así como en aquellos en que sea parte un Estado, la Corte suprema poseerá la Jurisdicción en primera instancia. En todos los demás Casos que antes se mencionaron, la Corte suprema tendrá la Jurisdicción en Caso de Apelación, tanto en cuestiones de Hecho como de Derecho, con las Excepciones y con arreglo a la Reglamentación que estipule el Congreso.
Todos los Delitos serán juzgados por medio de un Jurado excepto en los Casos de Acusación por Responsabilidades oficiales, y el Juicio en cuestión tendrá lugar en el Estado en que el Delito se haya cometido; pero cuando no se haya cometido dentro de los límites de ningún Estado, el Juicio se celebrará en el Lugar o Lugares que el Congreso haya designado mediante Ley.
Sección. 3. La Traición contra los Estados Unidos consistirá únicamente en hacer la Guerra en su contra o en unirse a sus Enemigos, impartiéndoles Ayuda y Protección. A ninguna Persona se le condenará por Traición si no es sobre la base de la Declaración de dos Testigos que hayan presenciado el mismo Acto perpetrado abiertamente, o de una Confesión en Sesión pública de un Tribunal.
El Congreso estará Facultado para fijar la Pena que corresponda a la Traición; pero ninguna Sentencia por causa de Traición podrá privar del Derecho de heredar o de transmitir Bienes por Herencia, ni producirá la Confiscación de sus Bienes mas que en Vida de la Persona condenada.
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