Constitución de los Estados Unidos de América
Artículo IV Sección. 1. Se dará plena Fe y Crédito en cada Estado a los Actos públicos, Registros y Procedimientos judiciales de todos los demás. Y el Congreso podrá prescribir, mediante Leyes generales, la Forma en que dichos Actos, Registros y Procedimientos se probarán y el Efecto que producirán. Sección. 2. Los Ciudadanos de cada […]
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